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Subvención de Autónomos (ayuda por inicio de actividad): BOPA de 14 de abril de 2005. (Primera convocatoria).¡Convocatoria cerrada!
Se apoya la conversión de personas desempleadas en trabajadores/as por cuenta propia, con una ayuda de hasta 1.805 €, más 601€ cuando se trate de mujeres, más 601 € por cada hijo/a menor de 3 años.
Beneficiarios: aquellos que se hayan dado de alta en el Régimen especial de trabajadores Autónomos entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2005.
El plazo de solicitud para esta primera convocatoria finaliza el 29 de abril de 2005.
Subvención de Autónomos (ayudas financieras): BOPA de 14 de junio de 2005
(Segunda Convocatoria)
- Subvención de intereses de préstamos.
- Subvención a fondo perdido
- Subvención. para asistencia técnica
La subvención a fondo perdido puede solicitarse siempre y cuando también se solicite la de intereses de préstamo y es incompatible con la de inicio de actividad.
La subvención de intereses consiste en una bonificación del tipo de interés que el banco marque al empresario/a, que como máximo será de 3.010 €.
La subvención a fondo perdido consiste en una ayuda que será de hasta 3.010 €, más 601 € cuando se trate de mujeres, más 601 € por cada hijo menor de 3 años.
La subv. para asistencia técnica será de hasta un 50% de los costes derivados de estudios de viabilidad, informes económicos, ...
Las solicitudes habrán de presentarse con anterioridad al inicio de la actividad y con caracter previo a la realización de la inversión.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2005.
Subvención para la Modernización del Pequeño y Mediano Comercio: BOPA de 4 de abril de 2005.
Se subvenciona la renovación de la imagen del establecimiento, tanto externa, como interna; la incorporación de nuevas tecnologías de la información a la gestión del establecimiento comercial y la cooperación empresarial.
La cuantía de la subvención no superará el 50% del coste total de la acción y el plazo de solicitud finaliza el 30 de junio de 2005.
Subvenciones para Pymes turísticas: BOPA de 15 de febrero de 2005.
Serán beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas turísticas radicadas en Asturias.
Entre las acciones subvencionables destacan: renovación general del establecimiento; inversiones encaminadas a aumentar la calificación de la categoría del establecimiento y mejora de la calidad; apoyo a la comercialización, ...
Cuantía: variable con un máximo de 100.000€
El plazo de solicitud de la subvención finalizará el 1 de julio de 2005.
Subvenciones a asociaciones para promoción turística: BOPA de 15 de febrero de 2005.¡Convocatoria cerrada!
Beneficiarios: Asociaciones empresariales y profesionales de empresas turísticas sin ánimo de lucro.
Cuantía: variable con un máximo de 50.000 €
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 16/03/05
Ayudas para la restauración de hórreos, paneras, cabazos y otros elementos de interés etnográfico. BOPA 01/02/05¡Convocatoria cerrada!
Beneficiarios: cualquier persona física o jurídica o comunidades de bienes, sin ánimo de lucro.
Cuantía máxima: 9.000 € por cada elemento y solicitud
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 03/03/05.
Ayudas para la restauración de bienes de interés histórico para particulares e instituciones sin ánimo de lucro. BOPA 01/02/05 ¡Convocatoria cerrada!
Cuantía máxima: 36.000€ por cada elemento y solicitud.
Plazo de presentación de solicitudes: 03/03/05
Ayudas al fomento del cultivo de manzano de sidra ¡Convocatoria cerrada!
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas que cuenten con competencias y habilidades requeridas y cumplan con las normas en materia de medio ambiente.
Superficie: no inferior a 5.000 m2, podrá estar formada por un máximo de 2 parcelas
Cuantía: 30% con caracter general, incremento del porcentaje para mujeres, jóvenes mayores de 18 y menores de 40, agricultores profesionales.
Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 21 de febrero de 2005.
Ayudas al alquiler de vivienda:[/b]BOPA de 26 de mayo de 2005.
Requisitos más importantes: que el contrato de arrendamiento esté formalizado con fecha posterior a 27 de mayo de 2005, que los ingresos familiares anuales no excedan de 2,5 veces el SMI, que no exista relación de parentesco en primer grado entre arrendador y arrendatario.
La subvención tendrá una cuantía máxima de anual del 40% de la renta anual a satisfacer con cargo a los fondos del Ministerio de Vivienda, con un máximo absoluto de 2.880 €. Podrá incrementarse en un 20% con cargo a los fondos del Principado de Asturias, cuando los ingresos familiares anuales no excedan de 1.5 veces el SMI.
El plazo de solicitud finaliza el 31 de agosto de 2005.
Subvenciones a la adquisición de vivenda: BOPA de 26 de mayo de 2005.
Podrán solicitar estas ayudas quienes se encuentren en alguno de los supuestos descritos en la base primera de esta misma convocatoria y no hayan concurrido a la convocatoria de subvenciones a la adquisición de vivienda de años anteriores. Tendrán preferencia los ciudadanos que se encuentren inscritos en el registro de solicitantes de vivienda del Principado de Asturias.
El plazo de presentación finalizará el día 31 de agosto de 2005
Ayudas destinadas a la rehabilitación de viviendas: BOPA de 26 de mayo de 2005
Concesión de ayudas económicas estatales y autónomica destinadas a la rehabilitación de edificios y viviendas y rehabilitación de viviendas libres para su posterior arrendamiento.
El plazo finalizará el 31 de agosto de 2005.
Ayudas Leader Plus Oriente: Mediante este programa de ayudas se subvencionarán proyectos llevados a cabo por pymes de la zona del Oriente Asturiano, cuyas acciones vayan encaminadas a potenciar y dar valor al patrimonio natural y cultural de la zona, mejorar el entorno económico; crear servicios a la población que cubra necesidades insatisfechas hasta el momento, ....
Se pueden subvencionar tanto creación, como ampliación o mejora de la empresa y las ayudas serán, para actividades productivas, de hasta el 50% de la inversión incentivable y nunca superior a 150.000 € y para actividades no productivas la ayuda puede ser de hasta el 100% y nunca más de 500.000 €.
El destino de las inversiones debe mantenerse, al menos, durante 5 años y la fecha de solicitud finalizará el 1 de noviembre de 2006.
Para más información se puede acudir a la sede del Programa sita en Ctra. General, s/n, 33556 Benia de Onís o a las Agencias Municipales de Desarrollo Local.
Decreto 41/2000: BOPA de 19 de mayo de 2000.
Ayudas directas a la inversión y ayudas financieras a los sectores industrial, servicios de apoyo industrial y turismo.
La subvención, dependiendo del caso concreto del que se trate, puede llegar a ser de hasta el 40% ó 50% de la inversión incentivable. En todo caso, el destino de las ayudas deben mantenerse durante, al menos, 5 años.

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